Artículos de opinión de Alfredo Palacios Dongo

EL CRITERIO CHILENO ES ÍRRITO, ARBITRARIO E INEQUITATIVO

A propósito del viaje programado del presidente Alejandro Toledo a Chile, uno de los temas más importantes a tratar con su homólogo Ricardo Lagos debería ser el asunto de las fronteras marítimas con dicho país.

Es un hecho que la política exterior en el Perú suele ser un asunto de gobierno cuando debería ser de Estado. Ello limita, sin duda, el ejercicio de la diplomacia en función de los intereses nacionales.
Es importante empezar con esta distinción porque en Chile se funciona a la inversa: hace de su política exterior un “todo consistente” al que no es ajena la opinión del sector castrense.
En la mayoría de países, los asuntos relacionados con las fronteras pasan por el análisis previo de los Consejos de Seguridad Nacional o el equivalente que tengan.

El tema no es nuevo. Por lo tanto es pertinente recordar que desde la firma del Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima en el año 1954, Chile viene aplicando la demarcación de sus aguas territoriales sobre la base del criterio del paralelo geográfico de la mal llamada Línea de la Concordia debido a que cerca de ella existe un campo minado que ha causado muchas víctimas inocentes. No existe hasta la fecha un tratado de delimitación marítima con Chile y eso hace que sea un tema abierto.

El Perú jamás negoció el tratado de delimitación marítima con Chile por cuestiones que no están claras. Ese tema quedó pendiente desde la reincorporación de Tacna al seno de la patria y porque Arica había sido peruana desde siempre y no cabía delimitación marítima entre dos territorios nacionales. Cuando se consumó la separación se omitió este tema. Este es su origen y no lo ocurrido en 1954.

El criterio usado unilateralmente por Chile, es írrito, arbitrario e inequitativo. Perjudica al Perú ocasionando la reducción de aproximadamente 35,000 Km2 de territorio marítimo donde existen muchos millones de toneladas de biomasa pesquera y de riquezas naturales.

Además priva a nuestros pescadores de una libre llegada al mar ya que sus embarcaciones son apresadas por encontrarse -según Chile- en sus aguas territoriales. Las embarcaciones pesqueras chilenas, sin embargo, sí pueden operar sin ningún tipo de restricciones hasta el límite del paralelo pese a encontrarse frente a nuestras costas. Por ejemplo: a 40 millas frente a Ilo.

Chile tiene trazados oficialmente sus límites fronterizos con Perú sobre la base del paralelo geográfico y habiendo incluido en la línea divisoria el término “Frontera Marítima”.

En junio de 1997, cuando Chile ratificó la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar, declaró que no aceptaba ninguno de los procedimientos previstos en dicho instrumento internacional que se relacionen a las controversias de delimitación de las fronteras marítimas.
Con esto rechazó expresamente el sometimiento a cualquier procedimiento obligatorio que condujera a una solución sobre bases equitativas.

Debe tener en cuenta el gobierno que -a pesar de los reclamos y protestas oficiales de nuestro país- la actitud de Chile, hasta la actualidad, siempre ha sido negarse a reconocer esta problemática pese a que de acuerdo a los principios del Derecho Internacional se debe aplicar el criterio de la línea bisectriz de la línea de costa y equidistante en la inflexión de los territorios fronterizos para delimitar los espacios marítimos adyacentes.

Por las razones expuestas, el gobierno debería tomar acciones compatibles con los principios y normas del Derecho Internacional que se refieren a la regulación de la delimitación de los espacios marítimos.

De esta forma, Chile no podría extender su mar territorial más allá de la línea equidistante con el Perú. Se deberán iniciar, en el más breve plazo, negociaciones oficiales con dicho país con el objetivo de lograr la concertación de un tratado de límites marítimos justo, equitativo y mutuamente aceptable.

La pérdida de Arica y Tarapacá nos fue impuesta. Las reglas están claras. Jamás se nos deberá imponer una frontera ajena a la justicia y al derecho.

Publicado en el diario CORREO, fecha 17 de agosto de 2002

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