El vicealmirante Alfredo Palacios Dongo señala que la adhesión del Perú a la Convención del Mar (Convemar) le dará fuerza jurídica para plantear el diferendo marítimo con Chile, aunque reconoce que eso no va a resolver el problema. Demanda al Congreso debatir el tema de la suscripción y no condicionarlo a una consulta popular el 2006 porque ese no es el procedimiento que establece la Constitución. Agrega que sería un problema someter este asunto a un referéndum porque la gente no entiende un problema absolutamente técnico.
¿Hace bien el Congreso en plantear un referéndum para adherir al Perú en la Convemar?
La Constitución en el Artículo 56 dice que los tratados deben ser aprobados por el Congreso antes de su ratificación por el presidente de la República, siempre y cuando verse en materias de soberanía, dominio e integridad del Estado. En el Artículo 102 dice que sus atribuciones son aprobar los tratados de conformidad con la Constitución. Eso quiere decir que ese poder del Estado tiene la obligación de debatir y aprobar o desaprobar esta Convención. No es conveniente, entonces, decir que la salida correcta sería un referéndum porque desgraciadamente el tema es complejo y muy técnico. Para tener una idea el texto de la Convención tiene 445 artículos. ¿Cómo la gente que votará por el sí o el no hará para leer todos esos artículos y entenderlos?
¿Qué se debe hacer entonces?
Lo correcto sería que los congresistas –ellos sí, porque son los que representan al pueblo– deberían leer estos 445 artículos y decidir. En ningún sitio de la Constitución está la alternativa de convocar a un referéndum por tratarse de un asunto complicado. Yo no le veo nada de complicado porque este es un asunto que le corresponde al Congreso.
¿Hace bien el Congreso en plantear un referéndum para adherir al Perú en la Convemar?
La Constitución en el Artículo 56 dice que los tratados deben ser aprobados por el Congreso antes de su ratificación por el presidente de la República, siempre y cuando verse en materias de soberanía, dominio e integridad del Estado. En el Artículo 102 dice que sus atribuciones son aprobar los tratados de conformidad con la Constitución. Eso quiere decir que ese poder del Estado tiene la obligación de debatir y aprobar o desaprobar esta Convención. No es conveniente, entonces, decir que la salida correcta sería un referéndum porque desgraciadamente el tema es complejo y muy técnico. Para tener una idea el texto de la Convención tiene 445 artículos. ¿Cómo la gente que votará por el sí o el no hará para leer todos esos artículos y entenderlos?
¿Qué se debe hacer entonces?
Lo correcto sería que los congresistas –ellos sí, porque son los que representan al pueblo– deberían leer estos 445 artículos y decidir. En ningún sitio de la Constitución está la alternativa de convocar a un referéndum por tratarse de un asunto complicado. Yo no le veo nada de complicado porque este es un asunto que le corresponde al Congreso.
¿Entonces ese poder del Estado debería pronunciarse de inmediato?
Tiene que haber un procedimiento descrito en la Constitución, que dice que el Congreso, a través de la Comisión de Relaciones Exteriores, tiene que aprobar el documento que previamente envió el Ejecutivo. El documento (que propone la adhesión al Convemar) tiene dos años en esa Comisión. Con el nuevo presidente de este grupo legislativo se ha decidido ver el tema, pero los integrantes de esa comisión han añadido plantear un referéndum. El problema es que si se hace esta consulta, ¿cómo hará la gente para entender un problema absolutamente técnico? Ese es el asunto y, por otro lado, según la Constitución, el Congreso tiene que hacer esa tarea.
¿Es oportuno, entonces, el pedido de la Cancillería para que el tema se vea de una buena vez?
Por supuesto. Primero que ya no esperaríamos hasta el 2006 y, en segundo lugar, como ya se lo he dicho, ese no es el procedimiento. El procedimiento es que el Ejecutivo envía a la Comisión de Relaciones Exteriores un documento donde dice que se debata el tema. Esto no puede esperar hasta el 2006. He escuchado que el presidente de esa Comisión (Gustavo Pacheco) ha dicho que si se ha “esperado 22 años sentados ahora por qué quieren tanta rapidez. El problema es que hace 20 años el problema está en el Congreso y no lo quieren debatir.
¿Un argumento que se plantea con frecuencia es que la adhesión a la Convemar haría que el Perú pierda parte de su soberanía marítima?
No estoy de acuerdo con eso. El principal fundamento que esgrimen los “territorialistas” es que dan connotación territorial al Artículo 54 de la Constitución en cuanto al dominio marítimo de las 200 millas. Se habla de dominio marítimo que no tiene nada que ver con mar territorial. Eso dicen que se contrapone con el Artículo 3 de la Convemar que establece un mar territorial de “las doce millas”.
¿Un argumento que se plantea con frecuencia es que la adhesión a la Convemar haría que el Perú pierda parte de su soberanía marítima?
No estoy de acuerdo con eso. El principal fundamento que esgrimen los “territorialistas” es que dan connotación territorial al Artículo 54 de la Constitución en cuanto al dominio marítimo de las 200 millas. Se habla de dominio marítimo que no tiene nada que ver con mar territorial. Eso dicen que se contrapone con el Artículo 3 de la Convemar que establece un mar territorial de “las doce millas”.
¿La suscripción a la Convemar facilitaría que el Perú tenga mayores elementos para defender los límites marítimos con Chile?
Definitivamente firmar la Convención nos va a dar una fuerza jurídica para buscar la fórmula porque justamente la Convemar habla de la línea equidistante.
Definitivamente firmar la Convención nos va a dar una fuerza jurídica para buscar la fórmula porque justamente la Convemar habla de la línea equidistante.