Nuestro país, con grandes necesidades de transporte marítimo debido a que el 90% del comercio exterior se efectúa por este medio, inexplicablemente, desde hace más de 10 años, carece de una flota nacional (como referencia, la Marina Mercante chilena cuenta con 80 buques con una capacidad de carga de 900 mil toneladas y, la ecuatoriana, con 40 buques y 400 mil toneladas).
Después de muchos proyectos de ley presentados desde 1998, el 23 de junio 2005 se promulgó la Ley 28583 “Ley de Reactivación y Promoción de la Marina Mercante Nacional”, siendo publicada en el Diario Oficial el 22 de julio. A pesar de que la primera disposición transitoria y final dispone su reglamentación en un plazo de 60 días calendario –vencido desde el 22 de setiembre 2005– aún no contamos con dicho reglamento, ocasionando que el proceso de reactivación y desarrollo de nuestra Marina Mercante se encuentre paralizado.
El asunto está en que dicha ley, tal como ha sido promulgada, podría requerir de modificaciones por presentar una serie de aspectos que dificultan su reglamentación. Entre otros, se señalan los siguientes: 1) La ley indica que el pabellón peruano no puede ser adoptado como bandera de conveniencia, lo cual imposibilita una captación tributaria, además de impedir que se muestre navegando por los mares del mundo. 2) En contraposición al objetivo y finalidad de la ley, las exoneraciones tributarias no favorecen a la industria de la construcción y reparación naval y a sus servicios conexos. Asimismo, no se encuentran definidos sus ámbitos de aplicación y no se identifican ni desarrollan los mecanismos de promoción 3) Para el caso de la Marina Mercante fluvial y la Amazonía, no se establece ningún mecanismo ni se dispone la implementación de reglas que permitan materializar su preservación, desarrollo y fomento.
El gobierno debería priorizar la reactivación de nuestra Marina Mercante ya que mientras no contemos con una flota propia las consecuencias económicas seguirán siendo nefastas para el país. El hecho de depender de buques con bandera extranjera para todo nuestro comercio exterior, genera un gasto anual de aproximadamente US$ 1,000 millones por pago de fletes marítimos, con los que, paradójicamente, financiamos las empresas navieras de los países vecinos, en especial las chilenas. Asimismo, dejamos de percibir enormes ingresos por servicios administrativos –costos notariales, de registro público, matrículas, certificados, etc.– y también debido a que los buques extranjeros no usan nuestros astilleros.
En el aspecto estratégico, además, sin Marina Mercante no contamos con buques para la Reserva Naval, los cuales son necesarios en situaciones de conflicto, para movilizaciones a través del transporte de tropas, materiales y abastecimiento logístico a los teatros de operaciones. Asimismo, en caso de desastres naturales, para Defensa Civil, mediante puentes marítimos en apoyo a las poblaciones afectadas.
Publicado en el diario EXPRESO, fecha 19 de mayo de 2007
Después de muchos proyectos de ley presentados desde 1998, el 23 de junio 2005 se promulgó la Ley 28583 “Ley de Reactivación y Promoción de la Marina Mercante Nacional”, siendo publicada en el Diario Oficial el 22 de julio. A pesar de que la primera disposición transitoria y final dispone su reglamentación en un plazo de 60 días calendario –vencido desde el 22 de setiembre 2005– aún no contamos con dicho reglamento, ocasionando que el proceso de reactivación y desarrollo de nuestra Marina Mercante se encuentre paralizado.
El asunto está en que dicha ley, tal como ha sido promulgada, podría requerir de modificaciones por presentar una serie de aspectos que dificultan su reglamentación. Entre otros, se señalan los siguientes: 1) La ley indica que el pabellón peruano no puede ser adoptado como bandera de conveniencia, lo cual imposibilita una captación tributaria, además de impedir que se muestre navegando por los mares del mundo. 2) En contraposición al objetivo y finalidad de la ley, las exoneraciones tributarias no favorecen a la industria de la construcción y reparación naval y a sus servicios conexos. Asimismo, no se encuentran definidos sus ámbitos de aplicación y no se identifican ni desarrollan los mecanismos de promoción 3) Para el caso de la Marina Mercante fluvial y la Amazonía, no se establece ningún mecanismo ni se dispone la implementación de reglas que permitan materializar su preservación, desarrollo y fomento.
El gobierno debería priorizar la reactivación de nuestra Marina Mercante ya que mientras no contemos con una flota propia las consecuencias económicas seguirán siendo nefastas para el país. El hecho de depender de buques con bandera extranjera para todo nuestro comercio exterior, genera un gasto anual de aproximadamente US$ 1,000 millones por pago de fletes marítimos, con los que, paradójicamente, financiamos las empresas navieras de los países vecinos, en especial las chilenas. Asimismo, dejamos de percibir enormes ingresos por servicios administrativos –costos notariales, de registro público, matrículas, certificados, etc.– y también debido a que los buques extranjeros no usan nuestros astilleros.
En el aspecto estratégico, además, sin Marina Mercante no contamos con buques para la Reserva Naval, los cuales son necesarios en situaciones de conflicto, para movilizaciones a través del transporte de tropas, materiales y abastecimiento logístico a los teatros de operaciones. Asimismo, en caso de desastres naturales, para Defensa Civil, mediante puentes marítimos en apoyo a las poblaciones afectadas.
Publicado en el diario EXPRESO, fecha 19 de mayo de 2007