Los últimos atentados perpetrados en menos de dos semanas en Apurímac y Huancavelica han determinado la necesidad de repotenciar las fuerzas militares y policiales en dichas zonas, reforzar la inteligencia, las acciones operativas y la logística. Asimismo, el requerimiento de promulgar la ley sobre reglas de enfrentamiento para las FF AA como herramienta fundamental para el desarrollo efectivo y legítimo de las operaciones militares.
Desde principios de año el ministro de Defensa Allan Wagner manifestó que estaría presentando al Congreso –para un debate público nacional– un proyecto de ley sobre este tema. El 6 de junio, dicho proyecto fue remitido por el Ejecutivo al Congreso bajo el título: “Normas complementarias a la Ley 28222 y las reglas de empleo de la fuerza por parte de las FF AA en el territorio nacional”.
Dicho documento, sin embargo, presenta una serie de aspectos controversiales que deben ser analizados. Como ejemplos: 1) En lo relacionado a “legítima defensa” se señala que los comandantes o miembros de las FF AA al ejercerla, esta debe ser proporcional al medio empleado para impedir o repeler la agresión ilegítima. ¿Cómo se podría determinar esta proporcionalidad durante un ataque o emboscada de noche?; 2) Sobre “diferenciación” se señala que los comandos y fuerzas operacionales deben diferenciar las diversas situaciones de alteración de orden interno. ¿Cuáles son esas diversas situaciones?; 3) También en el orden interno, se obliga al personal militar, en situaciones normales, a alertar tres veces “alto o disparo”; tomar una posición segura de disparo, de ser posible de pie; disuadir al agresor con efectos visuales y auditivos y realizar disparos al aire tres veces. ¿Y en las situaciones anormales?; 4) En zonas declaradas en emergencia se deben emplear medidas para disuadir al grupo agresor. ¿Es esto aplicable?
Tras varios meses de postergaciones, el 14 de noviembre, la Comisión de Defensa del Congreso debatió el citado proyecto recibiendo fuertes críticas de la mayoría de sus miembros, tales como: “Hay que legislar de acuerdo con la realidad y no traer un proyecto de café o de laboratorio”; “Parece hecho por el enemigo”; “Es muy teórico y tendría que aterrizar en lo real”. Finalmente, se ha acordado conformar una comisión mixta con miembros de dicha Comisión y del Ministerio de Defensa para trabajar un nuevo proyecto de ley. Ante tales críticas, el ministro de Defensa ha manifestado: “estamos ajustando la redacción”.
El nuevo proyecto de ley debe considerar reglas que sean claras, tácticamente aplicables y versátiles para que los miembros y combatientes de las FF AA cuenten con un marco jurídico que, por defender a la sociedad, evite acusaciones de violaciones de disposiciones legales o de derechos humanos.
Publicado en el diario EXPRESO, fecha 1 de diciembre de 2007
Desde principios de año el ministro de Defensa Allan Wagner manifestó que estaría presentando al Congreso –para un debate público nacional– un proyecto de ley sobre este tema. El 6 de junio, dicho proyecto fue remitido por el Ejecutivo al Congreso bajo el título: “Normas complementarias a la Ley 28222 y las reglas de empleo de la fuerza por parte de las FF AA en el territorio nacional”.
Dicho documento, sin embargo, presenta una serie de aspectos controversiales que deben ser analizados. Como ejemplos: 1) En lo relacionado a “legítima defensa” se señala que los comandantes o miembros de las FF AA al ejercerla, esta debe ser proporcional al medio empleado para impedir o repeler la agresión ilegítima. ¿Cómo se podría determinar esta proporcionalidad durante un ataque o emboscada de noche?; 2) Sobre “diferenciación” se señala que los comandos y fuerzas operacionales deben diferenciar las diversas situaciones de alteración de orden interno. ¿Cuáles son esas diversas situaciones?; 3) También en el orden interno, se obliga al personal militar, en situaciones normales, a alertar tres veces “alto o disparo”; tomar una posición segura de disparo, de ser posible de pie; disuadir al agresor con efectos visuales y auditivos y realizar disparos al aire tres veces. ¿Y en las situaciones anormales?; 4) En zonas declaradas en emergencia se deben emplear medidas para disuadir al grupo agresor. ¿Es esto aplicable?
Tras varios meses de postergaciones, el 14 de noviembre, la Comisión de Defensa del Congreso debatió el citado proyecto recibiendo fuertes críticas de la mayoría de sus miembros, tales como: “Hay que legislar de acuerdo con la realidad y no traer un proyecto de café o de laboratorio”; “Parece hecho por el enemigo”; “Es muy teórico y tendría que aterrizar en lo real”. Finalmente, se ha acordado conformar una comisión mixta con miembros de dicha Comisión y del Ministerio de Defensa para trabajar un nuevo proyecto de ley. Ante tales críticas, el ministro de Defensa ha manifestado: “estamos ajustando la redacción”.
El nuevo proyecto de ley debe considerar reglas que sean claras, tácticamente aplicables y versátiles para que los miembros y combatientes de las FF AA cuenten con un marco jurídico que, por defender a la sociedad, evite acusaciones de violaciones de disposiciones legales o de derechos humanos.
Publicado en el diario EXPRESO, fecha 1 de diciembre de 2007