Artículos de opinión de Alfredo Palacios Dongo

LA CRISIS COLOMBIA-ECUADOR Y EL DERECHO INTERNACIONAL

La operación militar-policial colombiana realizada en las primeras horas del sábado 1 en territorio ecuatoriano en contra de un grupo de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), es la crisis más grave presentada en la región desde el conflicto bélico de 1995 entre Perú y Ecuador en el Alto Cenepa. En dicha incursión se configura la vulneración de dos principios elementales de derecho internacional, de un lado, la inviolabilidad de los territorios y el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados, y por el otro, las amenazas a la paz y la seguridad internacionales creadas por actos subversivos o terroristas.

En el primer caso, la inviolabilidad de los territorios debe ser respetada y sostenida en forma irrestricta en todos los Estados ya que representa un principio básico de derecho internacional en las relaciones interestatales. Según el inciso 4° del artículo 2 de la Carta de Naciones Unidas, queda prohibido el uso de la fuerza contra la integridad territorial de cualquier Estado. Asimismo, la Carta de la OEA, en sus artículos 19 y 21 reitera la prohibición, por ningún motivo, de intervención directa o indirecta en cualquier Estado.

En el segundo caso, sobre las amenazas a la paz y seguridad internacionales por actos subversivos o terroristas existe una amplia normatividad del Consejo de Seguridad de la ONU. La resolución 1373 de 2001 –que reafirma las resoluciones 1269 de 1999 y 1368 de 2001– dispone compromisos de aplicación para prevenir y reprimir la financiación y acciones del terrorismo, estableciendo que los Estados deben negar refugio y evitar que su territorio sea usado para financiar o planificar estos actos. Asimismo, la última resolución 1624 de 2005 urge a los países a impedir incitación al terrorismo, negando refugio y reforzando sus fronteras.

El hecho es que durante la XX Cumbre del Grupo de Río realizada el pasado día 5 en Santo Domingo, fue aprobada la resolución 930-1632/08 que reconoce la violación por parte de Colombia de la soberanía e integridad territorial del Ecuador y de los principios del derecho internacional, motivando las plenas disculpas del presidente colombiano. Por otra parte, Colombia, basándose en el artículo 51 de la Carta de la ONU argumentó derecho a la legítima defensa contra las FARC –el grupo subversivo más poderoso de la región que cuenta con 8,900 efectivos y 20 frentes– por existir suficientes indicios que tienen un refugio seguro en el Ecuador y apoyo económico de Venezuela.

En este contexto, así como se debe cautelar la inviolabilidad irrestricta de los Estados –no solo armada, sino también a los elementos políticos, económicos y culturales que lo constituyen–, igualmente debe existir una profunda preocupación y responsabilidad de los países para evitar en sus territorios acciones disfuncionales de operación de grupos subversivos o terroristas.

Es de esperar que el próximo lunes 17, durante la reunión extraordinaria de cancilleres en Washington, se examinen los hechos, se formulen las recomendaciones y se concreten normas y procedimientos para evitar la vulneración de estos principios de derecho internacional en la región.

Publicado en el diario EXPRESO, fecha 15 de marzo de 2008

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