La
naturaleza del Estado o de la sociedad política es la búsqueda del bien común,
que remite a un principio cohesionador y vinculador de un grupo humano de orden
social, el cual propicia la plena realización de la persona humana, crea las
mejores condiciones de vida y asegura el respeto de su dignidad, desarrollo y
realización, es decir, la auténtica misión y tarea del Estado debe ser la de
crear las condiciones para satisfacer las necesidades primarias de sus
ciudadanos, propender a su fortalecimiento, promover la integración armónica de
todos los sectores de la Nación y asegurar su derecho a participar con igualdad
de oportunidades en la vida nacional.
La
política, por lo tanto, es la ciencia social y práctica cuyo objetivo es la
búsqueda del bien común de los integrantes de una comunidad social, siendo ésta
tarea del poder político y razón de ser del principio ético político. Dicha
búsqueda se emprende con valores y principios éticos que son los que movilizan
la acción humana, de los que la justicia y rectitud moral, la justa
distribución de riquezas, la educación, las leyes, la paz social, son los
principales instrumentos de un gobierno para
lograr el bien común.
Bajo
este panorama, los últimos gobiernos y el actual, desde el ejercicio del
poder, han tomado un camino muy divergente
a la construcción del bien común y al fortalecimiento de la ética política. Gran
parte de nuestras instituciones públicas demuestran ausencia de principios y
valores éticos y transparencia, que alientan el incremento de vicios o actitudes
antiéticas tales como corrupción, abuso de autoridad, tráfico de influencias, intereses
personales y partidistas, falta de justicia, promesas incumplidas,
enriquecimiento ilícito, mal uso de los recursos y bienes públicos, entre
otros, que se contraponen profundamente a la resolución de conflictos y a la
satisfacción de la pluralidad de intereses comunes, y además, frivolizan la
función pública, disminuyen la calidad de la política, y no permiten alcanzar
el bien común, lo cual está conduciendo a la población a un punto muy elevado
de insatisfacción.
No
es casual entonces que nuestra actual Constitución de 1993 no contenga mención
alguna sobre el bien común, término que fue anulado del preámbulo de la
Constitución de 1979 que, entre otros ideales constitucionales, definía que “el
ordenamiento social se cimienta en el bien común y la solidaridad humana”.
Artículo
de Alfredo Palacios Dongo publicado en el diario EXPRESO, fecha 19 de abril de
2014