Según Convenio OIT 138 (año 1973) la edad mínima
para trabajar es de 15 años (art.2) y 13 a 14 años para trabajos ligeros
(art.7), sin embargo, nuestro país se acogió a una excepción para naciones cuya
economía y medios de educación se encuentran insuficientemente desarrollados,
adoptándose 14 años como edad mínima y 12 años para trabajos ligeros.
No tenemos cifras claras sobre la incidencia del
trabajo infantil, ni menos información sobre tipo de actividades, intensidad ni
horas de trabajo en los niños, niñas y adolescentes, publicándose solo caracterizaciones
generales. Las más recientes cifras indican que de más de 7 millones de niños,
niñas y adolescentes de entre 6 a 17 años, alrededor de 2 millones trabajan, y de
ellos, un millón son niños entre 6 y 13 años –70% en zonas rurales– que están imposibilitados
de hacerlo.
El restante millón registra adolescentes entre 14 y
17 años, aunque permitidos para trabajar, casi el 40% ejecuta actividades
laborales peligrosas hasta más de 36 horas semanales que afectan su salud o seguridad
(Convenio OIT 182 art.3d) como ayudantes de construcción civil, estibadores,
cargadores, en aserraderos, cocinas, minas, etc.
Existe abundante legislación sobre la erradicación
del trabajo infantil pero lamentablemente la incidencia no disminuye. En
setiembre 2012 se aprobó la Estrategia Nacional para la Prevención y
Erradicación del Trabajo Infantil, y el Nuevo Código del Niño, Niña y Adolescente
está pendiente de debate congresal hace un año.
El trabajo infantil es una aberrante explotación
que enfrenta a niños a condiciones injustas e intolerables que ponen en peligro
su salud, su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social, y además
refuerza el círculo vicioso de la pobreza impidiéndoles mejorar o concluir su
educación reduciéndoles la oportunidad de un futuro mejor.
Bajo este panorama, no debe haber objetivo
gubernamental que merezca más alta prioridad que el desarrollo y protección de
los niños, sin embargo, proliferan los discursos, promesas y campañas, y este
flagelo seguirá incrementándose en nuestro país mientras no se mejore el empleo
e ingreso familiar, la oferta educativa y sistema de salud, las alternativas
productivas y el control, monitoreo y asistencia de niños y adolescentes
víctimas de explotación laboral y sexual, además, mientras no se aumente la
edad mínima de trabajar a 15 años ni se sancione como delito la explotación
laboral de menores.
Artículo de Alfredo Palacios Dongo publicado en el diario EXPRESO, fecha
14 de junio de 2014