Recientemente un
programa televisivo (Cuarto Poder) denunció que en el Parque Nacional
Huascarán, en la quebrada Honda, unos 3,000 mineros ilegales (en 40 minas
ilegales de oro, plata, cobre y zinc) contaminan impunemente custodiados por pobladores
de Vicos, comunidad ubicada dentro del área protegida en el núcleo de la
reserva (distrito Marcará, provincia Carhuaz) quienes durante los últimos 5
años no han dejado ingresar al Ministerio Público ni autoridades evitando más
de 30 intentos de interdicción donde se ha construido una cantidad
indeterminada de trochas (circulación diaria de unos 40 camiones hacia Carhuaz),
campamentos y socavones sin autorización y sin dar cuenta a nadie.
Lo grave es que
dicha actividad ilegal no es nueva y continúa expandiéndose en el parque siendo
denunciada por guardaparques hace 6 años (2009). En abril de 2010 el ex
ministro del Ambiente, Antonio Brack (que en paz descanse) alertó sobre la
depredación del parque por la minería ilegal criticando a los gobiernos
regionales por falta de supervisión, también, según Reporte de Evaluación de la
Unesco del Parque y Reserva de Biosfera Huascarán (noviembre 2011), además de
la quebrada Honda existe también minería ilegal en las quebradas Tambillos,
Canchajirca y Allpococha, donde hay pasivos ambientales mineros e
infraestructura de canchas de relaves en bofedales.
Lo cierto es
que a raíz de las denuncias y evidencias, recién hace 11 días (31 de diciembre)
el Ministerio Público de Áncash abrió investigación preliminar contra dirigentes
de Vicos por resistencia a la autoridad.
Bajo este
panorama es inconcebible que en la zona intangible de glaciares del Parque
Nacional Huascarán, santuario natural reconocido por la Unesco como Reserva de
Biosfera (1977) y Patrimonio Natural de la Humanidad (1985), se haya permitido por
tanto tiempo esta ilegal y devastadora actividad (conjuntamente con 40
concesiones mineras sin control) ante la pasividad del Ministerio del Ambiente (con
sus organismos adscritos de áreas protegidas) y las autoridades ambientales
regionales.
Además, no es
posible que las 340,000 hectáreas de uno de los parques más importantes del
país sean controladas por solo 18 guardaparques, y a pesar que el Código Penal
(art. 307B) dispone severas penas privativas (entre 8 y 10 años) por delitos
agravados de minería ilegal en áreas naturales protegidas, no existe ningún
caso de detención ni encarcelamiento de algún dirigente responsable ni de un
solo minero ilegal.
Artículo de Alfredo
Palacios Dongo publicado en el diario EXPRESO, fecha 10 de enero de 2015