Desde
2001 continuamente se reabre la polémica sobre la necesidad de legalizar la imprescriptibilidad
para delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos (enriquecimiento
ilícito, negociación incompatible, cohecho, peculado, colusión, tráfico de
influencias), es decir, concluir la sentencia de un juicio sin un límite de
tiempo, evitándose la impunidad por dilación del proceso o fuga.
El
primer proyecto data del 2001 y durante 14 años se presentaron otros 40 más en
los períodos legislativos, sin embargo, en el Congreso jamás fueron debatidos. El
último proyecto con dictamen favorable de la Comisión de Constitución (octubre
2011), no fue debatido en el pleno argumentándose que vulneraba “derechos
jurídicos fundamentales” siendo devuelto a la Comisión de Justicia, donde se
encuentra archivado.
Es
muy preocupante que, según la contraloría, entre 2009 y 2014 estuvieron
involucrados en actos de corrupción 40,037 funcionarios encontrándose responsabilidad
penal en 9,778. En setiembre pasado denunció que de 390 funcionarios
sentenciados por corrupción solo 23 (6%) recibieron penas efectivas de cárcel, los
367 restantes cumplen condenas suspendidas en libertad. Además muchos de estos
procesos, principalmente de altos mandos de la gestión pública donde se tejen
intereses y acuerdos que involucran grandes sumas de dinero, se extinguen por
excepción de prescripción, y con ella, además, la reparación civil.
Bajo
este panorama la corrupción es uno de los flagelos más graves y crónicos en
nuestro país, principalmente por delitos cometidos por inescrupulosos
funcionarios públicos al servicio de la Nación que atentan contra el orden
moral, justicia y desarrollo (anualmente se pierden entre S/. 6 y 8 mil
millones por estos repudiables actos), sin embargo muchos de los procesos
prescriben. A pesar que su reversión reclama medidas radicales, la corrupción se
incrementa en nuestro país por falta de voluntad anticorrupción y tolerancia
del Estado y de su débil legitimidad institucional.
Claro
ejemplo es la falta de voluntad del Congreso para no debatir hace 14 años la
imprescriptibilidad por corrupción, así como de muchos otros proyectos
anticorrupción: limitación de
postulación a corruptos sentenciados, otorgamiento de facultades a la
contraloría para intervenir entidades públicas, inhabilitación para prestar
servicios al Estado y muerte civil para condenados por corrupción, eliminación
de penas suspendidas (recién el pasado día 4 –después de 3 años– fue aprobado
el proyecto en el Congreso), multas y levantamiento de secreto bancario por
delitos contra la administración pública, entre otros.
Artículo
de Alfredo Palacios Dongo publicado en el diario EXPRESO, fecha 7 de febrero de
2015