El pasado día 19 se cumplió un año del inició de la
operación “Mercurio 2019” para erradicar la minería ilegal y otros delitos
conexos en La Pampa, Madre de Dios (amortiguamiento Reserva Nacional de
Tambopata), zona en que desde 2007, unos 6,000 mineros ilegales, extrayendo oro,
destruyeron 12,000 hectáreas de bosque amazónico, dicha operación ha logrado casi
desaparecer la minería ilegal en La Pampa, pero por “efecto globo” se ha trasladado
a otros puntos. Según el Proyecto de Monitoreo de la Amazonía Andina (MAAP) se
habrían dirigido a la zona de amortiguamiento de la reserva comunal Amarakaeri
(Madre de Dios) y Quincemil (Cusco), además, sigue creciendo la extracción
ilegal de oro en zonas adyacentes como El Alto Malinowski y Pariamanu en Madre
de Dios y Camanti en Cusco. Lamentablemente la extracción ilegal minera sigue incrementándose
y opera en 12 regiones: Madre de Dios, Cusco, Puno, Apurímac, Ancash,
Amazonas, Arequipa, Lima, La Libertad, Tumbes, Ica y Piura.
Para reducir la minería ilegal es indispensable la
formalización, pero desde que se promulgo la ley 27651 hace 18 años (enero
2002) los procesos no han dado resultados. En marzo 2011 se aprobó el Plan
Nacional para Formalización de la Minería Artesanal, pero nada se logró, incomprensiblemente
en diciembre se autorizó continuar extrayendo oro en el corredor de
Madre de Dios y en mayo 2012 a comercializarlo 2 años adicionales, el plazo de
formalización (abril 2014) fue postergado hasta 2016 con una “Estrategia de
Saneamiento” (DS029-2014-PCM) que fracasó, de 400,000 mineros solo lograron
formalizarse 100, y actualmente, según la Dirección de formalización minera
habría unos 8,000 formalizados (2%), pero increíblemente, solo 120 en Madre de
Dios.
El
Registro de Formalización se amplió hasta junio 2017, y nuevamente como
“Formalización Integral” hasta junio 2020, sin embargo, con DL 1336 se permite a mineros
informales el uso de cargadores frontales, retroexcavadoras, volquetes,
compresoras y perforadoras neumáticas, camiones cisterna. En octubre 2018
nuevamente se amplía el plazo para inscripción de mineros informales hasta
diciembre 2021 (ley 31007).
Bajo este panorama el proceso de formalización minera no avanza, es
indispensable que el gobierno apoye a las regiones en sus funciones y
facultades sobre minería artesanal; evite provisiones de insumos químicos,
explosivos y maquinaria prohibida a mineros ilegales; promulgue la Ley de
Ordenamiento Territorial y determine zonas de actividades extractivas; no
permita alquileres de concesiones legales a mineros ilegales; fiscalice el oro
ilegal y refuerce el control de áreas naturales protegidas.
Artículo de Alfredo Palacios
Dongo publicado en el diario EXPRESO, fecha 25 de enero de 2020