El
grupo insurgente de la FARC “La estructura 48 de los comandos de frontera
Segunda Marquetalia” viene incursionando en territorio peruano, y, para
financiar sus acciones terroristas promueven cultivos de coca y producción de
cocaína manteniendo bajo su control plantaciones en el Putumayo peruano
explotando a jóvenes de la zona para que laboren en las cosechas y en
laboratorios de cocaína. En este contexto, el pasado 15 de julio la Policía
Nacional del Perú, en coordinación con la policía colombiana, realizaron el
operativo “Qhaway Llaktay” descubriendo en territorio peruano fronterizo
(Loreto) un depósito de armas y un centro de fabricación de explosivos perteneciente
a dicho grupo disidente incautándose morteros, granadas, explosivos, cartuchos,
que usan para acciones terroristas.
Nuestra frontera con
Colombia tiene 1,600 kilómetros a lo largo del río Putumayo y es una de las más
vulnerables, donde los pueblos afincados, por su pobreza y precaria situación
de salud, educación, servicios básicos y mínimas autoridades, están
desprotegidos a incursiones desde este país, no solo de disidentes FARC, también
narcoterroristas, mineros ilegales, cultivadores de coca y taladores ilegales
forestales, actividades que se retroalimentan o tienen relación, en elevadas
magnitudes, con la economía del narcotráfico, todo lo cual genera violencia,
inseguridad y conflictos socioambientales.
Otra frontera muy vulnerable
se encuentra en la triple frontera Perú, Colombia y Brasil, en la localidad de
Santa Rosa, en Loreto, que limita con Leticia (Colombia) y Tabatinga (Brasil)
donde en julio pasado el director de Soberanía Territorial de la Cancillería colombiana
sostuvo que esta localidad no le pertenece al Perú, lo cual fue rechazado
tajantemente por el Gobierno peruano, sin embargo, este centro poblado es muy
pobre, vulnerable y sus pobladores deben conseguir la mayoría de servicios
básicos en Leticia y Tabatinga.
Bajo este panorama, en
nuestra extensa zona fronteriza amazónica a lo largo del río Putumayo existe
descuido, abandono e inadecuada presencia del Estado ocasionando que parte de
nuestra población fronteriza se identifique con los valores y objetivos de los
países fronterizos. El artículo 44° de la Constitución dispone como deber
primordial del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras, y la ley
29778 decreta el desarrollo de fronteras e integración fronteriza como política
de Estado. El Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras e Integración
Fronteriza, que depende de la Presidencia de la República, es presidido por el ministro
de Relaciones Exteriores, quien es, además, Órgano Rector del Sistema Nacional
de Fronteras e Integración Fronteriza, este Consejo debe promover la presencia
efectiva del Estado en las fronteras, así como el poblamiento y desarrollo
económico y social de nuestros territorios fronterizos.
Artículo
de Alfredo Palacios Dongo publicado en el diario EXPRESO, fecha 3 de agosto de
2024